Denuncia falsa por violencia de género: cómo defenderte en Barcelona

Hombre de espaldas ante un edificio judicial, imagen ilustrativa de defensa penal

Tu pareja o expareja te ha denunciado por violencia de género y sostienes que los hechos no ocurrieron como aparecen en la denuncia. Quizá has recibido una citación, tienes una declaración próxima o necesitas comprender una resolución judicial. Quieres explicar lo sucedido y saber qué documentación preparar para abordar tu defensa con una orientación clara.

En EXLEGEBCN, despacho de abogados en Barcelona, estudiamos estas situaciones y preparamos la defensa a partir de las actuaciones y las pruebas disponibles. Cuando consideras que estás ante una denuncia falsa de violencia de género, el primer paso es conocer qué se te atribuye y qué necesita atención inmediata.

Antes de declarar, conoce la acusación y tus derechos

Recibir una denuncia no significa estar condenado. Como investigado tienes derecho a asistencia letrada, a conocer los hechos que se te atribuyen y a guardar silencio. La decisión sobre declarar y en qué momento debe valorarse con tu abogado, teniendo en cuenta la información disponible y tu situación procesal.

Lleva al despacho la citación y las resoluciones que hayas recibido, aunque no entiendas su contenido. Si no tienes copia de la denuncia, indícalo: habrá que comprobar el acceso a las actuaciones según la fase del procedimiento. No ignores una citación porque creas que la acusación es falsa. Tampoco conviene improvisar explicaciones por mensajes o intentar que la otra persona retire la denuncia mediante presiones.

Qué pruebas pueden ser importantes para tu defensa

Explicar que una acusación es falsa no sustituye el análisis de los hechos. Importa reconstruir cuándo y dónde habría sucedido lo denunciado, quién estuvo presente y qué información permite contrastarlo. Según el caso, pueden resultar relevantes conversaciones completas, correos, documentos laborales, justificantes de desplazamientos, informes o personas que hayan presenciado directamente lo ocurrido.

Conserva los originales y el contexto de las comunicaciones. Una captura aislada puede dejar fuera una parte importante de la conversación; tampoco todos los documentos demuestran lo que parece a primera vista. No alteres archivos, no borres mensajes relacionados con el asunto ni accedas a cuentas ajenas. El despacho valorará qué material es pertinente, cómo se obtuvo y si necesita una comprobación pericial antes de aportarlo.

Si se solicita una orden de alejamiento o ya existe una medida

Durante el procedimiento pueden solicitarse medidas que afecten al contacto con tu pareja o expareja, al domicilio o a cuestiones familiares. Su adopción corresponde al órgano judicial y no equivale a una condena. La defensa debe estudiar la solicitud y la documentación, y valorar las alegaciones o recursos que procedan.

Si ya existe una prohibición de aproximación o comunicación, respétala en sus términos. No interpretes un mensaje de la otra persona como permiso para incumplirla. Si necesitas recoger pertenencias, resolver una cuestión sobre los hijos o aclarar el alcance de la resolución, consulta cómo hacerlo por los cauces adecuados. Evitar un nuevo conflicto también forma parte de cuidar tu defensa.

Un ejemplo: comprobar una fecha puede cambiar el análisis

Ejemplo hipotético. Un hombre recibe una denuncia por unos hechos que su expareja sitúa en una fecha concreta. Él afirma que ese día estaba trabajando fuera de Barcelona y aporta al despacho su calendario y varios mensajes. La revisión no se limita a aceptar su explicación: se contrastan los horarios, los documentos disponibles y el contenido exacto de la denuncia para valorar qué diligencias solicitar. Que un dato parezca contradictorio merece estudiarse; por sí solo no permite asegurar el resultado del procedimiento.

Cuándo puede valorarse una actuación por denuncia falsa

Preparar tu defensa y actuar contra quien te ha denunciado son cuestiones distintas. El delito de denuncia falsa exige una imputación penal falsa realizada con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad. Que el procedimiento termine archivado o con una absolución no acredita por sí solo que la denunciante haya cometido ese delito.

El artículo 456 del Código Penal establece una condición previa para proceder contra quien denunció: debe existir una sentencia firme o un auto también firme de sobreseimiento o archivo en el procedimiento por los hechos imputados. Después habrá que examinar si existen indicios suficientes de falsedad y fundamento para iniciar otra actuación. La viabilidad de esa actuación y de una posible reclamación depende de las circunstancias y de las pruebas de cada caso.

Cómo trabaja nuestro despacho en estos asuntos

Comenzamos por escuchar tu versión y revisar lo que consta en el procedimiento. Ordenamos la documentación, identificamos los puntos que necesitan aclararse y te explicamos las opciones y sus riesgos. Según el encargo y la fase del asunto, podemos asistirte en declaraciones, proponer diligencias, intervenir ante solicitudes de medidas y preparar la defensa para juicio.

Si el conflicto coincide con una separación o afecta a los hijos, también habrá que coordinar las cuestiones penales y familiares. No todos los asuntos siguen el mismo recorrido ni pueden resolverse en el mismo plazo. Nuestro trabajo consiste en valorar el caso concreto y preparar cada actuación, sin prometer un archivo inmediato ni un resultado garantizado.

Qué preparar para consultar tu caso

Reúne la citación, las resoluciones recibidas y los documentos o comunicaciones relacionados con los hechos. Prepara una relación ordenada de fechas e indica si hay una declaración próxima o alguna medida vigente. No necesitas tener resuelto cómo demostrar lo sucedido: podemos empezar por revisar la información disponible y determinar qué conviene hacer a continuación.

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